Relación del personal de seguridad privada con las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad

Por Eligio Landín
Relación Del Personal

La relación del personal de seguridad privada con las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad (FCS) es clave para garantizar la seguridad pública. Según la normativa, el personal de seguridad privada es considerado auxiliar de las FCS. Esto implica que deben colaborar activamente con los agentes en el cumplimiento de sus funciones. Por su parte, los agentes de las FCS también tienen la responsabilidad de apoyar al personal de seguridad. Esta cooperación es crucial para la prevención de delitos y el mantenimiento del orden.

Colaboración entre el personal de seguridad privada y las FCS

La Ley 5/2014 de Seguridad Privada establece que los vigilantes de seguridad y los agentes policiales tienen una relación funcional. Aunque no son compañeros directos, comparten el mismo objetivo: proteger a las personas y sus bienes. Los vigilantes operan en un ámbito más limitado, como los lugares donde prestan servicio, mientras que los agentes actúan a nivel general. En muchos casos, los vigilantes trabajan en espacios públicos, cumpliendo funciones similares a las de la policía.

Trato preferente y deferente hacia el personal de seguridad privada

El artículo 34 de la Orden INT/318/2011 establece que los vigilantes de seguridad deben recibir un trato preferente y respetuoso por parte de los agentes de las FCS. Esto se aplica tanto dentro como fuera de las dependencias policiales. Cuando un vigilante de seguridad está involucrado en una intervención, los agentes deben dirigirse a él primero y escuchar sus explicaciones. Este trato preferente se refiere a otorgar primacía en la interlocución y asegurar que el vigilante de seguridad tenga la oportunidad de presentar sus informes o denuncias sin demora.

Además, en las dependencias policiales, los vigilantes de seguridad deben ser atendidos de forma prioritaria, especialmente cuando llevan a cabo una actuación profesional. La ley exige que los agentes faciliten esta colaboración, asegurando que el trabajo del vigilante sea respetado y apoyado.

Problemas en la relación entre el personal de seguridad privada y las FCS

Aunque las normativas son claras, en ocasiones los vigilantes de seguridad han informado de situaciones en las que no fueron tratados con el respeto debido. Estos incidentes, aunque aislados, muestran que algunos agentes priorizan la interacción con el ciudadano infractor en lugar de escuchar primero al vigilante que solicitó su intervención. Estas situaciones son contrarias a las normas y deben evitarse. El trato inapropiado no solo afecta la dignidad del vigilante, sino también la imagen de la profesión.

Procedimiento en intervenciones y dependencias policiales

Cuando un vigilante de seguridad llama a las FCS, los agentes deben dirigirse primero a él y recibir toda la información necesaria sobre el hecho. Esto incluye la entrega del detenido y cualquier objeto relacionado con el presunto delito. El artículo 32 de la Ley de Seguridad Privada regula este proceso.

En las dependencias policiales, el vigilante debe ser atendido de forma prioritaria, presentando su denuncia o informe relacionado con los hechos. Este trato preferente es un reconocimiento de su función profesional y de su colaboración con las FCS para garantizar la seguridad ciudadana.

Conclusión

La relación entre el personal de seguridad privada y las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad debe basarse en la colaboración mutua y el respeto. Tanto los vigilantes de seguridad como los agentes de las FCS tienen la misma misión: proteger a los ciudadanos y mantener el orden público. Cualquier trato que no respete estos principios compromete la función del personal de seguridad privada y afecta la seguridad pública. Es fundamental que ambos colectivos trabajen juntos para garantizar el bienestar de todos.

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